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FCA COMPAÑIA FINANCIERA S.A. C/ C. C. S/ ACCION DE SECUESTRO (ART.39 LEY 12962)

La Cámara de Apelaciones confirmó la resolución que rechazó la demanda de secuestro prendario por considerar que la normativa legal en vigor y los derechos del consumidor se oponen a la ejecución extrajudicial del secuestro sin garantías.

Recurso de apelacion Accion de secuestro Proteccion del consumidor Clausulas abusivas Ley 24.240 Derechos constitucionales Ejecucion extrajudicial Secuestro prendario Normativa legal Derecho del consumidor

¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora, FCA Compañía Financiera S.A., demanda en un proceso de acción de secuestro (art. 39 Ley 12.962) contra C. C., solicitando la ejecución del secuestro prendario sobre bienes del demandado. La resolución apelada, de fecha 26 de mayo de 2025, declaró inaplicable el trámite de secuestro prendario y rechazó la demanda, decisión que fue apelada por la actora. La Cámara analizó si dicha resolución era ajustada a derecho, considerando la normativa aplicable, en particular la ley 24.240 y la Constitución Nacional, y los principios de protección del consumidor. El tribunal resaltó que la relación jurídica en cuestión se enmarca en una relación de consumo, por lo que rige la normativa protectoria del consumidor, incluyendo las cláusulas abusivas del art. 37 de la ley 24.240. La normativa especial, como el art. 39 del decreto ley 15.348/46, permite la venta extrajudicial de bienes prendados, pero en este caso, la ejecución sin oportunidad de defensa viola derechos constitucionales y legales del consumidor, en especial la protección frente a cláusulas que limiten derechos, desnaturalicen obligaciones o impliquen inversión de la carga de la prueba. Se concluyó que la posibilidad de realizar secuestros prendarios y ejecuciones privadas sin defensa previa contraviene el espíritu de protección del consumidor, y que la normativa vigente impide la validez de procedimientos que limiten derechos constitucionales y legales sin garantías procesales. Por ello, la Cámara confirmó la resolución apelada, rechazando la pretensión de secuestro y ejecución extrajudicial. Votos: Los doctores Quadri y Moro coincidieron en confirmar la resolución apelada, argumentando que la normativa de defensa del consumidor y la Constitución Nacional impiden procedimientos que vulneren derechos del consumidor en procesos de secuestro prendario.

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