GALATI MARCELO ALEJANDRO S/DETERMINACION DE LA CAPACIDAD JURIDICA
La sentencia declara la capacidad restringida de Marcelo Alejandro Galati y designa un apoyo judicial para la administración de sus bienes, en línea con la legislación vigente sobre discapacidad y capacidad jurídica. La decisión se basa en informes interdisciplinarios y en la evaluación del estado mental del solicitante.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El proceso judicial tiene por objeto reevaluar la capacidad jurídica de Marcelo Alejandro Galati, quien fue diagnosticado con oligofrenia y presenta un cuadro compatible con retraso mental moderado, manifestado desde la infancia. La sentencia reconoce que, conforme al art. 32 del CCyC, las limitaciones a la capacidad general de ejercicio de la persona mayor de trece años deben ser excepcionales y siempre en beneficio del individuo. Se fundamenta en informes interdisciplinarios que concluyen que Galati no puede comprender cabalmente los actos jurídicos, ejercerlos con autonomía o gestionar sus bienes sin un apoyo. La audiencia y las evaluaciones médicas evidencian que, aunque Galati realiza actividades básicas y tiene cierto control sobre su vida cotidiana, requiere apoyo para administrar sus finanzas y realizar actos jurídicos complejos. Se considera que la restricción de capacidad es necesaria para proteger sus derechos y su patrimonio, en línea con la normativa internacional y nacional, en especial la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (Ley 26.657). La resolución dispone que Galati debe actuar con asistencia de su hermano Salvador Manuel Galati, quien será su figura de apoyo y representante, con la obligación de rendir cuentas periódicamente y con autorización judicial previa para actos de mayor importancia. La sentencia destaca que la normativa vigente establece que la restricción del ejercicio de la capacidad debe ser una medida excepcional, en beneficio del individuo, y que las decisiones deben orientarse a promover su autonomía y protección.
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