CECERE BLANCA AZUCENA C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL
El tribunal homologó un acuerdo conciliatorio en expediente de enfermedad profesional, estableciendo condiciones, montos, intereses y costas, con fuerza de cosa juzgada, en un caso de accidente laboral.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa fue promovida por Blanca Azucena Cecere contra la Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo SA, reclamando indemnización por enfermedad profesional. La Cámara del Trabajo Nº 3 de Morón analizó el acuerdo conciliatorio celebrado el 03/08/2025, y consideró que no viola norma alguna de orden público, adecuándose a los arts. 12 y 15 de la Ley de Contrato de Trabajo (Ley 20.744). La jueza destacó que “el convenio que nos ocupa debe ser materia de homologación en virtud de que el mismo no vulnera norma alguna de orden público y se adecua a los dispositivos de los arts. 12 y 15 de la LCT t.o., llegándose a una justa composición de la litis.” Además, se establecieron montos, intereses y costas, y se dispuso que la suma de $20.034.711 sea abonada en los términos del acuerdo. La resolución también regula honorarios, costas y depósitos, y advierte sobre la calificación de conducta temeraria en caso de incumplimiento, además de las implicancias del artículo 275 de la Ley de Contrato de Trabajo. La homologación otorga fuerza de cosa juzgada, con efectos definitivos sobre la controversia.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: