ARROYO ANA VICTORIA S/QUIEBRA INDIRECTA
La Sra. Jésica Dabos apeló la decisión del Juzgado en el marco de un proceso de quiebra indirecta. La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial hizo lugar parcialmente al recurso, reconociendo la legitimación procesal de la fallida para intervenir en la incidencia.
Actor: Jésica Dabos Demandado: Ana Arroyo Objeto: Reconocimiento de legitimación procesal para intervenir en el proceso de quiebra. Decisión: Se hace lugar parcialmente al recurso de apelación, reconociendo la legitimación procesal de la fallida en la incidencia con la Sra. Dabos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Si bien, en principio, declarada la quiebra el fallido pierde legitimación procesal para seguir interviniendo en todo litigio referido a los bienes en que se los desapodera, debiendo actuar el síndico, cabe admitir su intervención si a través de él se accede a la verdad jurídica o se defienden mejor los intereses del proceso universal." "Los lineamientos esbozados por la jueza respecto a los pretensos pagos del tercero en el marco del proceso falencial se apegan a la ley." "Asimismo, cabe señalar que este juicio no puede ser suspendido y que la acción de simulación y revocatoria concursal promovida a los fines de la recomposición patrimonial en la quiebra deberá continuar su curso."
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