SALITURI FERRETTI JUANA C/ SALITURI SEBASTIAN ANIBAL S/ ALIMENTOS
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial confirma la homologación de convenio de alimentos y la regulación de honorarios, declarando desierto el recurso de apelación del demandado en cuanto a costas, por falta de fundamentación, y mantiene la sentencia de primera instancia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La parte actora (S. F. J. C.) demanda en un expediente de alimentos a S. S. A. S.
- La sentencia homologó lo convenido por las partes respecto a los alimentos y reguló honorarios profesionales.
- La parte demandada interpuso recurso de apelación el 21/11/2024, fundado principalmente en la impugnación a la regulación de honorarios y la base arancelaria, sin argumentar adecuadamente sobre la imposición de costas.
- El tribunal de alzada analizó la admisibilidad y la fundamentación del recurso, concluyendo que al no haberse fundado el agravio respecto a la imposición de costas, el mismo debe declararse desierto en ese aspecto. La regulación de honorarios será resuelta por separado.
- La Cámara confirma la sentencia en cuanto a la imposición de costas y regula que las costas de alzada se imponen por su orden, difiriéndose la regulación de honorarios.
- La fundamentación principal se centra en que, conforme a los arts. 246 y 261 del CPCC, el recurso fue desierto por falta de agravios fundados respecto a la imposición de costas, y en que la apelación en materia de honorarios será resuelta en otra instancia.
- La sentencia fue dictada en concordancia con los votos de los jueces Loustaunau y Monterisi, quienes coincidieron en declarar desierto el recurso en ese aspecto y confirmar la sentencia.
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