PEREZ ERASMO ELIAN Y OTRO/A C/ FIORE ANTONELA Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La Cámara confirma la decisión de primera instancia que rechazó la demanda por daños y perjuicios, manteniendo la inexistencia de relación causal entre las lesiones y el accidente, y rechazando la indemnización por daño moral.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Erasmo Elian Pérez, y otra persona, promovieron demanda por daños y perjuicios contra Antonela Fiore tras un accidente de tránsito en Bahía Blanca, alegando lesiones y daños en motocicleta. La primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda, reparó gastos y rechazó daño moral, basándose en un informe pericial médico que concluyó que no había lesiones relacionadas causalmente con el accidente. La Cámara de Apelaciones confirmó esa sentencia, rechazando los agravios de la parte actora. Los jueces Mercado y Peralta Mariscal analizaron los fundamentos probatorios, especialmente el informe pericial médico, y concluyeron que no existían lesiones atribuibles al siniestro, por lo cual el rechazo de la demanda y la falta de indemnización quedaron ajustados a derecho. Se rechazaron también los argumentos sobre la situación de pandemia y condiciones socioeconómicas, por ser cuestiones no planteadas oportunamente en la instancia anterior. Fundamentos principales: El Tribunal destacó que la perito médico afirmó que “no consta de las constancias obrantes en autos que Pérez Erasmo Elian haya sufrido alguna lesión en el accidente de autos”, y que las lesiones detectadas en estudios posteriores no guardan relación causal con el siniestro. Se señaló que la función del perito es auxiliar al juez y no determinar la relación jurídica, y que en este caso, las respuestas de la perito se ajustaron a su competencia, limitándose a constatar la inexistencia de lesiones vinculadas con el accidente. Además, se resaltó que las impugnaciones de los actores no aportaron elementos nuevos que modificaran la conclusión pericial. La Cámara también analizó y desestimó los agravios relacionados con la valoración de la prueba, la demora en atención médica por la pandemia, y la existencia de lesiones posteriores, concluyendo que no había razón para modificar la decisión de primera instancia.
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