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CERIANI JORGE RUBEN C/ DOMINGUEZ MARIA ESTER S/ DAÑOS Y PERJUICIOS

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que desestimó la responsabilidad médica por no acreditarse culpa o negligencia en la atención de la médica demandada. La decisión se fundamentó en la valoración de la prueba pericial y documental, concluyendo que la conducta de la profesional fue diligente y ajustada a la lex artis.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La demanda fue promovida por Jorge Ruben Ceriani y Mauricio Américo Ceriani contra María Ester Domínguez por daños y perjuicios derivados de mala praxis en el seguimiento de la enfermedad de cáncer de mama de Olga Araceli Pereira, quien falleció en 2005. La primera instancia desestimó la pretensión, considerando que la actividad médica fue diligente y ajustada a los estándares científicos de la época, y que no se probó que la conducta de la profesional hubiera causado el agravamiento de la enfermedad o la muerte. La pericia médica concluyó que los tratamientos y controles realizados fueron adecuados, y que no existió omisión o error imputable a la demandada. La Cámara confirmó esta decisión, adhiriendo a los fundamentos jurídicos y probatorios de la sentencia de grado, y rechazando los agravios del apelante. La valoración de la historia clínica y los informes periciales fue considerada adecuada y suficiente para concluir que no hubo responsabilidad civil médica en el caso.

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