BARDELLI GRACIELA ESTHER C/ ASPITARTE JUAN JOSE S/ PROTECCION CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR (LEY 12569)
Se presenta un incidente bajo la Ley 12.569 por denuncia de violencia familiar. El Tribunal ordena medidas de protección para la denunciante, incluyendo prohibición de acercamiento del demandado.
Actor: G. E. B. Demandado: Juán José Azpitarte Objeto: Medidas de protección en virtud de la Ley 12.569 por violencia familiar. Decisión: Se ordenan medidas cautelares de protección a la denunciante y prohibición de acercamiento del demandado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Las medidas para la protección de personas que faculta la ley de violencia familiar, donde ha de observarse prioritariamente si la víctima se encuentra en situación de riesgo, no sólo inminente, sino contingente o probable, resultan de naturaleza eminentemente preventivas." "La ley de protección contra la violencia familiar 12.569 establece un procedimiento para el dictado de medidas urgentes de amparo a las víctimas de la violencia familiar. Basta la sospecha de maltrato psíquico o físico, y la verosimilitud del derecho, para que el juez ordene medidas que, en su esencia, son verdaderas medidas cautelares." "Si no se da una intervención oportuna en auxilio de la víctima, sumaríamos a la violencia en el hogar la violencia institucional (...) Ante la víctima de violencia sexual, familiar y de discriminaciones, se requiere de medidas de especial protección a través de la aplicación del mandato constitucional y convencional nivelador."
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