CREDIL SRL C/ PONTEPRIMO BLAS ARMANDO S/ COBRO EJECUTIVO
Credil SRL apeló la decisión del 25 de marzo de 2025 en el marco de un cobro ejecutivo por un capital adeudado. La Cámara de Apelaciones modificó parcialmente la decisión, fijando condiciones para los intereses compensatorios y moratorios.
Actor: Credil SRL Demandado: Blas Armando Ponteprimo Objeto: Cobro ejecutivo por un capital de $ 89.547 más intereses. Decisión: La Cámara modificó la decisión de primera instancia y estableció condiciones para los intereses a aplicar.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La relación jurídica entablada entre los litigantes se trata de una operación de crédito para consumo... Se aprecia que en el caso, se han cumplimentado los requisitos previstos en el mentado artículo 36 de la ley 24.240 respecto de los pagarés traídos..." "Cabe recordar que los intereses compensatorios son los que se pagan por el uso del capital ajeno... Corren, en general, desde que el deudor recibe el capital y hasta el vencimiento del plazo establecido para su restitución." "Los intereses que en su conjunto no podrán superar en una vez y media la tasa que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires en operaciones de descuento en mora a 30 días...".
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