RAY FACUNDO NAHUEL Y OTROS C/ BUSTAMANTE HECTOR DANIEL Y OTROS S/DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La Cámara de Apelaciones revoca la sentencia de primera instancia y condena a los demandados y a la aseguradora a abonar indemnizaciones por daños y perjuicios, fundamentando la responsabilidad en la hecho de que la sentencia de primera instancia no valoró correctamente la prueba y la doctrina aplicable en responsabilidad civil por daños en accidentes de tránsito.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El juicio fue promovido por Facundo Nahuel Ray y Luciano Claudio Antonucci contra Héctor Daniel Bustamante y otros, por daños derivados de un accidente ocurrido el 27/07/14 en Moreno. La sentencia de primera instancia rechazó la demanda por insuficiencia de prueba, argumentando que no había elementos claros para determinar cómo ocurrió el accidente y que la prueba no acreditaba que el vehículo del demandado invadiera la mano contraria. La parte actora alegó que la sentencia no valoró toda la prueba y que la doctrina establece que, en caso de colisión entre cosas riesgosas, la responsabilidad recae en el titular del vehículo, sin que proceda la neutralización de riesgos. La Cámara revoca esa sentencia, estableciendo que la responsabilidad es atribuible y que la prueba demuestra la culpa del conductor del vehículo en la maniobra que provocó el siniestro. Además, se fijan indemnizaciones por daños morales a favor de los actores, con montos de $2.000.000 para Ray y $6.000.000 para Antonucci, con intereses al 6% anual desde la fecha del hecho. La condena incluye también a la aseguradora, en los límites de cobertura. Las costas de ambas instancias se imponen a los demandados y a la aseguradora.
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