....S/ COBRO EJECUTIVO
La sentencia declara procedente la ejecución del pagaré sin protesto por parte del acreedor, condenando al demandado a pagar la suma de $479.801,39 más intereses y costas, y ordena el trance y remate del bien en caso de incumplimiento. La decisión se basa en la validez del documento y la configuración de la mora desde el vencimiento del mismo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La parte actora, ELECTRONICA MEGATONE S.R.L., demanda al ejecutado P. A. M. en virtud de un pagaré sin protesto, por la suma de $479.801,39.
- La sentencia reconoce la mora del demandado desde el 05-09-2023, fecha de vencimiento del pagaré, y ordena la ejecución hasta el pago total de la suma adeudada, con intereses y costas.
- El tribunal fundamenta que la mora se configura desde el vencimiento del pagaré, conforme a la normativa aplicable, y que los intereses deben abonarse conforme a lo pactado, sin exceder el tope establecido por la Cámara. Respecto al IVA, se establece que los servicios financieros están gravados y que el actor actúa como agente responsable ante la AFIP.
- El fallo también ordena que, en caso de incumplimiento, se lleve adelante el trance y remate del bien del ejecutado, y regula que los honorarios serán fijados al momento de la liquidación.
- Además, se señala que la parte demandada no denunció domicilio procesal en tiempo y forma, por lo cual se le constituye en los estrados del juzgado.
- La decisión se basa en artículos del Código Procesal Civil y Comercial, y en jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la provincia.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: