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CAJA DE PREVISION SOCIAL PARA MARTILLEROS Y CORREDORES PUBLICOS C/ J. DE C. M. DEL C. S/ APREMIO

El actor, Caja de Previsión Social para Martilleros y Corredores Públicos, promovió un apremio por el cobro de aportes adeudados. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó las excepciones de prescripción, ordenando el pago de $3.679.002 más intereses.

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Actor: Caja de Previsión Social para Martilleros y Corredores Públicos Demandado: J. de C. M. del C. Objeto: Cobro de aportes previsionales adeudados de $3.679.002 más intereses. Decisión: Se confirma la sentencia de primera instancia que rechazó las excepciones planteadas y se ordena el pago.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Se persigue el cobro de aportes previsionales adeudados (capital e intereses) a una Caja Profesional local y la Ley 7.014 que rige la actividad de la Caja de Previsión no contiene disposiciones específicas relativas a la prescripción... corresponde aplicar la prescripción decenal establecida en el art. 16 de la Ley 14.236... los períodos reclamados no han cumplido el término decenal, ya que la mora se configuró con posterioridad al 1° de enero de 2015 y la demanda fue iniciada el 27 de diciembre de 2024..." "No comparto la postura asumida por la recurrente en cuanto a que corresponda aplicar un plazo prescriptivo distinto para dichos accesorios, ya que tal excepción a la regla debería estar prevista en la ley."

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