B. R. M. C/ R. G. E. S/ LIQUIDACION DE REGIMEN PATRIMONIAL DEL MATRIMONIO
El demandante apeló la sentencia que le condenó a abonar el 25% de los cánones locativos por el uso exclusivo de una camioneta y un cuatriciclo. La Cámara confirmó la sentencia, pero modificó la distribución de costas entre las partes.
Actor: R. M. B. Demandado: G. E. R. Objeto: Liquidación de régimen patrimonial del matrimonio, específicamente el pago de cánones locativos por uso exclusivo de bienes gananciales. Decisión: Se confirmó la sentencia de primera instancia, ordenando el pago del 25% de los cánones locativos y modificando la distribución de costas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La primera cuestión a resolver, radica en analizar si la condena a pagar el 25% del canon locativo de la camioneta Ford Ranger y del cuatriciclo Corven 250, resulta exorbitante como lo sugiere el demandado." "Para restarle eficacia a la pericia no basta con tildarla de 'exorbitante', sino que es necesario el aporte de otros elementos probatorios que respalden sus dichos, circunstancia omitida por el recurrente." "En suma, considero que el presente caso reviste un supuesto de vencimiento parcial y mutuo. Ello así, toda vez que fueron admitidas algunas de las pretensiones de la actora... Por ello, considero prudente imponer las costas en un 30% a la actora, y en un 70% a la demandada." "Atento lo acordado al tratar las cuestiones anteriores se resuelve: 1) Confirmar la sentencia apelada... 2) Modificar la distribución de costas..."
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