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M. A., A. D. O. M., A. D. S/ RECURSO DE QUEJA

El defensor interpuso un recurso de queja tras el rechazo del recurso de casación que impugnaba la denegación de salidas transitorias de A. D. M. La Cámara de Casación Penal declaró formalmente admisible la queja, pero la consideró improcedente por la inadmisibilidad del recurso de casación.

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Actor: Dr. Facundo Melo Demandado: A. D. M. Objeto: Recurso de queja tras el rechazo del recurso de casación sobre la denegación de salidas transitorias. Decisión: Se declaró formalmente admisible la queja, pero se consideró improcedente el recurso de casación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La queja resulta formalmente admisible en los términos del art 433 del CPP, toda vez que se encuentran reunidos los requisitos relativos al tiempo y a la forma de su interposición." "La queja no es procedente pues el recurso de casación fue bien declarado inadmisible." "La decisión en materia de libertad personal que se puedan dictar a lo largo del proceso, tienen previsto el recurso de apelación, por consiguiente, el derecho del imputado al recurso, en todos estos casos ya se encontraría plenamente satisfecho." "La recurrente alegó sobre la supuesta naturaleza constitucional de sus agravios, pero en realidad ellos no han sido presentados con aptitud para abrir la instancia casatoria pretendida."

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