Z. T. A. M. S/ RECURSO DE QUEJA
La Sala II del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires resolvió que la queja por denegación de la libertad no es procedente en este caso, confirmando la inadmisibilidad del recurso de casación, ya que la decisión previa no viola garantías constitucionales ni principios federales que habiliten su revisión federal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El Defensor Oficial, Dr. Mario A. Nápoli, interpuso una queja por la denegatoria de ingreso al régimen abierto y salidas transitorias de A. Z. T., argumentando violaciones a principios constitucionales y tratados internacionales, además de alegar arbitrariedad y vulneración de derechos en la decisión del tribunal de origen. La Sala II de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial Morón confirmó la resolución, y la Cámara de Casación, en su análisis, declaró la inadmisibilidad del recurso de casación, considerando que las decisiones en materia de libertad ya son recurribles por apelación y que la alegación de violaciones constitucionales y principios federales no fue suficientemente fundamentada ni específica, además de que la situación de la doble instancia ya garantizaba la protección de derechos. La resolución argumenta que la excepción prevista en el artículo 450 del CPP para recursos de casación en casos de denegación de libertad no se aplica en este caso, pues las instancias anteriores resolvieron en el mismo sentido, asegurando la garantía del doble conforme. La Cámara concluye que no se configura la relación necesaria para habilitar el recurso federal, y que los planteos de arbitrariedad y violaciones constitucionales son insuficientes y genéricos, por lo que se rechaza la queja.
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