B., I. M. C/ P., J. S/ MEDIDAS PRECAUTORIAS
El demandante, I. M. B., apeló una resolución que otorgó parcialmente medidas cautelares en un proceso de medidas protectorias. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, argumentando que las medidas cautelares son adecuadas y que la inhibición general de bienes solicitada es improcedente.
Actor: I. M. B. Demandado: P. J. S. Objeto: Medidas cautelares en el contexto de un proceso de medidas protectorias. Decisión: Se confirma la sentencia de primera instancia, desestimando la inhibición general de bienes.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Las medidas cautelares no constituyen un fin en sí mismas, sino que están vinculadas a la obtención de una posterior decisión en la causa... su razón de ser se vincula con que ese derecho que, posterior o eventualmente, se declare procedente, no se diluya por acción maliciosa del demandado." "En particular atinente a la inhibición general de bienes, se ha expresado que este instituto es una medida extrema cuando no se conocen bienes o embargos; o éstos no son suficientes." "Considero que, resulta improcedente la extrema medida de inhibición de bienes solicitada, en consideración al resto de las medidas cautelares otorgadas."
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