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BALLERINI MARIA CLOTILDE S/ SUCESION TESTAMENTARIA

Se homologa el Acuerdo Particionario y de Adjudicación en el marco de una sucesión. El Tribunal aprueba el acuerdo alcanzado en la audiencia conciliatoria y regula los honorarios de los letrados intervinientes.

Sucesion Acuerdo particionario Honorarios Homologacion Regulacion de honorarios Inscripcion de herencia Codigo procesal civil y comercial Ley 6716 Co-herederos Tribunal de primera instancia


¿Quién es el actor?

María Clotilde Gancedo

¿A quién se demanda?

Fernando Martín Gancedo; Santiago Emilio Gancedo
- Objeto de la demanda: Homologación del Acuerdo Particionario y de Adjudicación en un proceso sucesorio.
- Decisión del tribunal: Se aprueba el Acuerdo Particionario y se regulan los honorarios de los profesionales intervinientes.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"De conformidad con lo solicitado y encontrándose cumplido en autos con lo dispuesto por el art. 765 del CPCC, procédase a la Inscripción de la Institución de Herencia dictada en autos en fecha 28/05/2025 con el Acuerdo de Partición, homologado 'supra'..." "Se deja constancia que se ha tomado como base regulatoria la suma de $18.443.944,78 (compuesta por el 100% de la Valuación Fiscal acompañada en fecha 14/07/2025)..." "Los honorarios regulados por trabajos judiciales deberán abonarse dentro de los diez (10) días de haber quedado firme el auto regulatorio..."

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