GOMES ANTONIO JOAQUIN S/ SUCESION AB-INTESTATO
La sentencia ordena la inscripción de la declaratoria de herederos y la inscripción registral de un bien automotor en el Registro de la Propiedad Automotor, tras la presentación de un convenio de partición de bienes y documentación complementaria. La resolución fundamenta la necesidad de cumplir con requisitos formales y fiscales para la registración.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El tribunal, a cargo de la Jueza Laura Elizabeth Mato, ordena la inscripción de la declaratoria de herederos del causante, dictada el 28/09/2025, respecto a un 50% de un bien automotor con dominio AB378XT. Se resuelve la realización de distintas diligencias y requisitos para formalizar la inscripción registral, incluyendo la presentación de certificados de anotaciones personales, la valuación fiscal vigente, y el cumplimiento de obligaciones fiscales y de honorarios. La decisión se fundamenta en la documentación aportada y en el cumplimiento de los requisitos legales y fiscales, ordenando además la comunicación electrónica y la confección de oficios electrónicos para el Registro de la Propiedad Automotor. La resolución además establece la notificación de las obligaciones fiscales, de honorarios y otros requisitos previos a la inscripción definitiva. La jueza enfatiza el cumplimiento de los requisitos formales y legales para proceder a la inscripción de la herencia y la transferencia del bien, en línea con las disposiciones del Código Procesal Civil y Comercial y las leyes tributarias aplicables.
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