L., E. S/HOMICIDIO EN GRADO DE TENTATIVA (IPP 03-04-1572-24) J.G.N°6
El encartado Ever Leguizamón apeló la decisión del Juez de Garantías que no modificó la calificación de homicidio en grado de tentativa. La Cámara de Apelaciones confirmó la resolución, argumentando que existen suficientes elementos para elevar la causa a juicio.
Actor: Dra. Maria Verónica Olindi Huespi Demandado: Ever Leguizamón Objeto: Cambio de calificación de homicidio en grado de tentativa a lesiones leves. Decisión: Se desestima el recurso de apelación y se confirma la resolución del Juez de Garantías.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los elementos de cargo colectados y que detallara supra, dan debido sustento a la pretensión fiscal. [...] En cuanto al cambio de calificación solicitado debo reiterar lo sostenido por esta alzada al momento de confirmar la prisión preventiva dispuesta: [...] En el caso, teniendo en cuenta, como apuntara el Sr. Juez de grado, que el desistimiento del accionar por parte de Leguizamón no habría sido por voluntad propia, sino por la defensa que pudo oponer la víctima; [...]" "No se ha invocado ni advierto causal alguna de extinción de la acción, justificación, inimputabilidad, inculpabilidad o excusa absolutoria, por lo que la elevación a juicio dispuesta por el magistrado a quo, se ajusta a derecho."
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