SCHIOPPA, JOSE CARLOS C/ RAPPA, ROSA DEL CARMEN S/ DIVORCIO POR PRESENTACION UNILATERAL
La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de la Matanza confirmó la resolución de primera instancia que rechazó la nulidad de la notificación en un proceso de divorcio por presentación unilateral, considerando que no se evidenció perjuicio al derecho de defensa y que la notificación cumplió con los requisitos esenciales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, S., J. C., interpuso recurso de apelación contra la resolución de la jueza de primera instancia que rechazó la nulidad de la notificación practicada el 28/03/2025, alegando que la cédula no contenía las copias requeridas y que ello afectaba su derecho de defensa. La demandada, R., R. D. C., argumentó que la irregularidad no constituye nulidad procesal dado que la finalidad del acto se cumplió y que no se evidenció perjuicio efectivo. La Cámara analizó los principios del artículo 149 del CPCC y la jurisprudencia aplicable, concluyendo que la nulidad por nulidad misma no procede en ausencia de perjuicio irreparable, y que en el expediente no se configuró lesión de derechos ni vulneración a garantías constitucionales. La resolución de primera instancia fue confirmada, imponiéndose las costas del proceso de alzada a la parte vencida. Fundamentos principales: "Se ha dicho que 'la nulidad de los actos procesales se vincula íntimamente con el principio de defensa en juicio: producida la indefensión se configura a la nulidad. Es decir, la nulidad no tiende a satisfacer requisitos formales, sino a enmendar perjuicios efectivos concretos y trascendentes.' (...) 'La nulidad por nulidad misma no será procedente a menos que se demuestre un agravio irreparable, cosa que no es visualizada en este expediente toda vez que la apelante ha podido ejercer su derecho de defensa.' La jurisprudencia señala que 'el fin del formalismo es asegurar la defensa en juicio, por lo que el objeto y fin de las nulidades de procedimiento es resguardar dicha garantía constitucional.'"
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