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V.O.A. C/ C.C. S/ PROTECCION CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR (LEY 12.569)

El demandante apeló la regulación de honorarios a favor de la defensora ad-hoc en el marco de un caso de protección contra la violencia familiar. La Cámara confirmó la resolución de primera instancia, considerando que los honorarios regulados deben incluir aportes previsionales conforme a la doctrina de la Suprema Corte.

Recurso de apelacion Proteccion contra la violencia familiar Honorarios profesionales Aportes previsionales Defensores ad-hoc Ley 5.827 Ley 6.716 Jurisprudencia Camara de apelaciones Provincia de buenos aires

Actor: V. O. A. Demandado: C. C. Objeto: Regulación de honorarios a favor de la defensora ad-hoc. Decisión: Se confirmó la resolución que reguló honorarios con inclusión de aportes previsionales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Las sumas reconocidas a los abogados en su calidad de defensores y asesores 'ad hoc' ante la Justicia de Paz, con cargo al presupuesto del Ministerio Público, no constituyen en sentido estricto honorarios profesionales..."; "la naturaleza jurídica de la intervención que les compete a los abogados en dicha condición... tiene puntos de contacto con el concepto de 'carga pública'..."; "la suma que perciben los letrados designados para desempeñar accidental u ocasionalmente las referidas funciones no escapa al concepto de honorario profesional devengado a partir del ejercicio de la profesión...".

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