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.................... S/ RECURSO EXTRAORDINARIO DE INAPLICABILIDAD DE LEY EN CAUSA Nº 104.624 DEL TRIBUNAL DE CASACION PENAL, SALA V.-

El imputado Omar Antonio Maldonado Alegre interpuso un recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley tras ser condenado a veinticinco años de prisión por homicidio agravado. La Corte rechazó el recurso, confirmando la aplicación del art. 41 bis del Código Penal y la constitucionalidad de la norma.

Recurso extraordinario Homicidio agravado Art. 41 bis Inaplicabilidad de ley Inconstitucionalidad Codigo penal Defensa oficial Principio de legalidad Corte Penal

Actor: Defensa oficial en favor de Omar Antonio Maldonado Alegre Demandado: Omar Antonio Maldonado Alegre Objeto: Inaplicabilidad del art. 41 bis del Código Penal Decisión: Se rechaza el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El Tribunal de mérito tuvo por acreditado que: '...el día 10 de marzo de 2017, siendo aproximadamente las 00:30 hs... el aquí imputado... mediante el empleo de un arma de fuego... efectuó al menos cuatro disparos en dirección al cuerpo de las víctimas...'". "El planteo que cuestiona la constitucionalidad del art. 41 bis del Código Penal... no logra justificar la incompatibilidad del precepto que le agravia con la Constitución nacional...". "La agravante contenida en el art. 41 bis del Código Penal es aplicable al delito de homicidio...".

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