RODRIGUEZ, SUSANA PATRICIA c/ OSECAC s/AMPARO LEY 16.986
La acción de amparo por la negativa de cobertura de prestaciones médicas y sociales a un menor con discapacidad, en este caso, atención de cuidadores domiciliarios y acompañantes terapéuticos, fue aceptada y se ordenó a la obra social brindar dichas prestaciones de forma inmediata, con costas a la demandada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, Susana Patricia Rodriguez, en representación de su hijo Franco Adrián Allerotti, demanda a OSECAC por la omisión en brindar cobertura de cuidadores domiciliarios y acompañantes terapéuticos, en base a diagnóstico de esquizofrenia residual y certificado de discapacidad.
- La demandada niega su obligación, argumentando que las prestaciones solicitadas son sociales y no médicas, y que los pedidos médicos no cumplen con los requisitos formales ni de documentación necesarios para su autorización.
- El tribunal reconoce que la materia del caso se ubica en el ámbito del derecho a la salud y que la situación del menor implica una vulnerabilidad que justifica la vía del amparo.
- Se cita la normativa constitucional, internacional y local que garantizan el derecho a la salud y la protección de personas con discapacidad, resaltando que la omisión de brindar las prestaciones prescriptas vulnera derechos constitucionales.
- El tribunal concluye que la omisión de la demandada implica un perjuicio a la salud y calidad de vida del menor, ordenando la cobertura integral y de forma inmediata de cuidadores domiciliarios y acompañantes terapéuticos, con los valores y modalidades fijados, y costas a la parte demandada.
- Además, se regulan honorarios profesionales por un monto significativo, en relación a la trascendencia del caso.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: