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PERINI, TANIA ANDREA c/ OSUTHGRA s/AMPARO LEY 16.986

La sentencia de primera instancia ordenó a OSUTHGRA incorporar a la actor como afiliada y brindarle cobertura médica, rechazando la defensa de la obra social y considerando que la conducta de la demandada fue ilegal y arbitraria, afectando derechos constitucionales de salud, igualdad y dignidad.

Amparo Salud Obra social Cobertura medica Derechos constitucionales Arbitrario Afiliacion Ley 16.986 Accion de amparo Proteccion judicial

¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora, Tania Andrea Perini, demanda a OSUTHGRA en acción de amparo por negarse a afiliarla como titular a pesar de haber realizado la opción en mayo de 2024, pagar aportes y presentar la documentación correspondiente. Sostiene que la omisión y resistencia de OSUTHGRA vulneran su derecho a la salud, igualdad y dignidad personal, constituyendo una conducta ilegal y arbitraria que afecta derechos constitucionales, y que la normativa vigente y los pactos internacionales le amparan. La demandada niega los hechos, argumentando que la acción es prematura y que no existe acto lesivo, pues afirma que no se realizó el trámite formal de alta. La juez concluyó que la conducta de OSUTHGRA fue ilegal y arbitraria, ordenando su inmediata afiliación y cobertura médica, imponiendo costas a la demandada, y regulando honorarios en conformidad con las leyes correspondientes. La sentencia enfatiza que la protección de la salud es un derecho constitucional, y que en los procesos de salud el amparo es un remedio excepcional y residual, que debe aplicarse cuando se evidencian arbitrariedades o ilegalidades manifiestas que ponen en peligro derechos fundamentales. La resolución también contempla medidas de cumplimiento y ejecución en caso de incumplimiento.

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