LUJAN, DAMIAN EDUARDO Y OTROS c/ EN - M SEGURIDAD - PSA - DTO 836/08 Y 2140/13 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La Cámara confirmó en lo sustancial la sentencia que reconoció el carácter remunerativo y bonificable de suplementos y compensaciones a personal de la PSA, rechazando la capitalización de intereses por entender que la demanda no solicitó tal pretensión y que la interpretación del artículo 770 del CCCN debe ser restrictiva.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Cámara Contencioso Administrativo Federal
- Sala I resolvió en la causa 9873/2023 que el personal policial promovió demanda para que se reconozcan como remunerativos y bonificables los suplementos por actividad riesgosa, exigencia de servicio y compensaciones por vivienda, vestimenta, racionamiento y zona, desde los dos años anteriores a la demanda. La sentencia de primera instancia fue confirmada en lo sustancial, considerando que precedentes de la Cámara y de la Corte Suprema avalan la inclusión de esos conceptos como remunerativos. La Sala también hizo referencia a que el artículo 15 del decreto 142/2022 derogó ciertos suplementos desde abril de 2022, por lo cual su reconocimiento debe ajustarse a los lineamientos del fallo “Ramirez”. En relación con intereses, se aplicará la tasa del decreto 941/1991, y se rechazó la capitalización de intereses solicitada por la parte actora por entender que la demanda no la solicitó ni desarrolló esa pretensión, y que el artículo 770 del CCCN debe interpretarse restrictivamente, en línea con fallos de la CSJN. La disidencia parcial de la jueza Heiland sostuvo que no correspondía la capitalización de intereses por no haber sido solicitada en la demanda ni por la jurisprudencia, y que su aplicación afectaría garantías del debido proceso.
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