POMA CUTILE, SAMUEL c/ EN - DNM - DISPO 48473 - LEY 25871 s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
La Cámara Federal declaró su incompetencia en razón del grado para entender en autos y dispuso remitir el expediente a la Secretaría General del Fuero para su redistribución a un juzgado de primera instancia. La resolución fundamenta la decisión en que la competencia corresponde a la instancia inferior, conforme a precedentes y lineamientos del tribunal.
- Quién demanda: Organismo externo en autos relacionados con recursos directos.
¿A quién se demanda?
La Cámara Federal en autos nº 32.840/2025 “POMA CUTILE, AMUEL C / EN – DNM”.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La revisión de la competencia para entender en el expediente.
¿Qué se resolvió?
La Cámara declaró su incompetencia en razón del grado y ordenó el traslado del expediente a la Secretaría General del Fuero para su asignación a un juzgado de primera instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La resolución fundamenta que, en virtud de lo establecido por la normativa y la jurisprudencia del tribunal, la competencia es del juzgado de primera instancia, por lo cual la Cámara no tiene competencia para continuar con el expediente. La decisión está en línea con pronunciamientos similares en autos CAF22.528/2025, CAF27.988/2025, CAF22.224/2024, y en las Salas I, III y IV del mismo Fuero, en autos como CAF16.477/2025, CAF23.503/2021, CAF5147/2025, CAF18.911/2024 y CAF23.604/2025, todas en fechas del 26 y 27 de agosto de 2025, donde se ratificó la incompetencia de la Cámara por motivos de grado. La resolución finaliza con la orden de remitir el expediente a la Secretaría General para su redistribución.
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