NIDERA SA (TF 31377-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
La Cámara Contencioso Administrativo Federal - Sala II reguló los honorarios del letrado de la parte demandada en un recurso directo y determinó el monto en Pesos setecientos cincuenta y siete mil ochocientos noventa ($757.890), equivalentes a 10 UMA, incluyendo el IVA si el profesional es responsable inscripto. La decisión se fundamenta en la naturaleza, valor y extensión del trabajo jurídico realizado y en la proporcionalidad entre honorarios y emolumentos fijados, conforme a la normativa aplicable.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Cámara Contencioso Administrativo Federal
- Sala II resolvió regular los honorarios del Dr. Juan Pablo Giambastiani, abogado de la demandada, en la suma de Pesos setecientos cincuenta y siete mil ochocientos noventa ($757.890), por su actuación en la defensa en un recurso directo contra un organismo externo. La resolución consideró la naturaleza del asunto, el valor, la extensión y la calidad jurídica del trabajo realizado, además de la proporcionalidad con los emolumentos fijados en la causa. La decisión también establece que el importe del IVA debe agregarse a los honorarios si el profesional es responsable inscripto en dicho tributo, y en caso contrario, el pago del impuesto se ajustará a la fecha en que el profesional lo denuncie. La sentencia finaliza ordenando la inscripción, notificación y devolución del expediente.
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