ALBACETTI ((MC)), ZULEMA ESTER Y OTROS c/ EN - ARCA - LEY 20628 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
La Cámara Contencioso Administrativo Federal Sala V revocó la resolución que rechazó la medida cautelar solicitada para suspender la retención del impuesto a las ganancias en el haber previsional de los actores, y concedió la medida en favor de ciertos jubilados, considerando la verosimilitud del derecho y el peligro en la demora, en línea con precedentes de la Corte Suprema.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La parte actora (Zulema Ester Albaccetti y otros) demanda la suspensión de la retención del impuesto a las ganancias en sus haberes previsionales.
- La demanda fue rechazada por el juez de primera instancia, quien argumentó que no se verificaba prima facie la apariencia del buen derecho ni un peligro concreto en la demora, citando el precedente “García” de la Corte Suprema.
- La parte actora apeló, alegando que su situación era análoga al precedente “García”, y que la retención les lesionaba derechos constitucionales, afectando su nivel de vida y vulnerando derechos sociales y de edad avanzada.
- La Cámara revisó las circunstancias y concluyó que los actores lograban acreditar la verosimilitud en el derecho, especialmente por su condición de jubilados mayores (81 y 75 años) y la afectación en sus haberes por las retenciones.
- Asimismo, la Cámara consideró que el peligro en la demora estaba suficientemente acreditado, dada la progresiva disminución de sus recursos económicos por las retenciones.
- Se hizo lugar a la apelación, revocando la resolución de grado, y se ordenó a la AFIP que se abstenga de descontar en concepto de impuesto a las ganancias sobre los haberes previsionales de los actores, hasta que se dicte la sentencia definitiva, previa caución juratoria.
- Por otro lado, respecto del actor Marcelo Enrique Primo, la Cámara confirmó el rechazo de la medida cautelar, dado que no acreditaba condiciones de vulnerabilidad o situación de ancianidad que justifiquen la protección prevista en el precedente “García”. Se dispuso costas por su orden.
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