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M. L. A. S/ INCIDENTE DE LIBERTAD ASITIDA SALIDAS TRANSITORIAS Y REGIMEN ABIERTO EN CAUSA N° 18632 IPP 03-00-2818-23 UFIJ N° 8 (J.E.P. 18715)

La Cámara de Dolores confirmó el rechazo a la libertad asistida, salidas transitorias y régimen abierto para Morel Lucas Alberto, fundamentando la decisión en informes negativos del equipo técnico y psicológico, que evidencian su incapacidad para acceder a beneficios penitenciarios. La resolución sostiene que la peligrosidad y la situación psiquiátrica impiden su otorgamiento.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La Cámara de Dolores analiza el recurso de apelación presentado por la defensora de Morel Lucas Alberto contra la resolución del Juzgado de Ejecución Penal que denegó la libertad asistida, salidas transitorias y régimen abierto. La sentencia de primera instancia, dictada por el Dr. Zabaljauregui, fundamentó la denegatoria en informes del Departamento Técnico Criminológico y de la psicóloga Carla A. Scapula, que señalaron la inviabilidad de estos beneficios debido a las condiciones del condenado, incluyendo su carácter impulsivo, antecedentes y evaluación psicofísica. La Cámara confirma la decisión, argumentando que “los informes citados muestran notas negativas que impiden el acceso a los institutos requeridos” y que “la peligrosidad y la situación psiquiátrica del penado justifican la continuidad en la privación de libertad”. La decisión se basa en la valoración integral de los informes técnicos y en la normativa aplicable, resaltando que “el escaso lapso de pena por cumplir no es suficiente para revertir la situación actual”. La resolución indica además que “el informe del Departamento Técnico Criminológico concluye en la inviabilidad de otorgamiento”, y que “las propuestas de tratamiento no resultan suficientes en la situación actual”. La defensa del imputado solicitó la revocación de la resolución, pero la Cámara sostiene que “el remedio en trato no habrá de prosperar”.

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