H., P. E. S/ ABUSO SEXUAL EN GRADO DE TENTATIVA (IPP 03-02-4932-25) J. G. N°4
La Cámara de Dolores revoca la resolución que rechazaba la eximición de prisión de Pablo Eloy Herdeli y ordena que el juzgado de origen describa la materialidad delictiva y la calificación jurídica del hecho para resolver lo que en derecho corresponda, considerando que la resolución anterior no fundamentaba adecuadamente la decisión y que el imputado ha cumplido con las medidas cautelares y colaborado con la justicia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Pablo Eloy Herdeli, fue imputado por un delito de abuso sexual en grado de tentativa (IPP 03-02-4932-25). La resolución de primera instancia, dictada por el juez de garantías Dr. David Leopoldo Mancinelli, rechazó la eximición de prisión solicitada por la defensa del imputado, basándose en que no se encontraba en condiciones de otorgarla dado el riesgo procesal. La defensa apeló argumentando que la pena en expectativa (6 meses a 4 años) no impedía la eximición, que Herdeli cambió de domicilio por motivos de seguridad, que cumplía con las medidas cautelares y que no existían riesgos ciertos de fuga o entorpecimiento del proceso. Además, señaló que las víctimas mayores ya declararon y que las menores están protegidas por medidas cautelares. La Cámara de Dolores, tras analizar los argumentos, concluyó que la resolución apelada no contenía una fundamentación suficiente respecto a los elementos de la investigación y la materialidad del hecho, por lo que decidió revocar la decisión y devolver el expediente a la instancia de origen para que describa claramente la materialidad delictiva, la calificación jurídica del hecho y resuelva lo que en derecho corresponda. Fundamentos principales: "La resolución en crisis emerge que NO se citaron los elementos reunidos ni se ha descripto el hecho por el cual resultaría imputado el encartado. En consecuencia, en mi opinión, debe revocarse el decisorio y devolverse a la instancia de origen para que el juzgado interviniente señale las piezas correspondientes y describa la materialidad delictiva del hecho en cuestión a los fines de calificar el mismo y resolver lo que en derecho corresponda." Se destaca que la falta de fundamentación adecuada en la resolución de primera instancia vulnera el derecho de defensa y el principio de motivación de las resoluciones judiciales, por lo que la Cámara ordena que se complete dicha fundamentación antes de decidir sobre la eximición de prisión.
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