C., S. A. S/LESIONES CULPOSAS (IPP 03-00-1530-24) J.G.N°2
La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Dolores confirmó la resolución que denegó el sobreseimiento y elevó a juicio a Sergio Abel Cena por lesiones culposas. La Cámara valoró la prueba y sostuvo que, pese a las versiones enfrentadas, había elementos suficientes para mantener la causa en trámite.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa fue promovida por el Ministerio Público Fiscal contra Sergio Abel Cena, a quien se le atribuyen lesiones graves culposas derivadas de un accidente de tránsito ocurrido el 7 de marzo de 2024 en Dolores. La fiscalía acreditó que Cena conducía de manera imprudente un camión Ford Cargo 915E que embistió a un motociclista, Maggio Ignacio, causando lesiones graves. La resolución de primera instancia rechazó el sobreseimiento solicitado por la defensa y elevó la causa a juicio. La defensa argumentó que la víctima no tenía prioridad de paso y que el conductor del camión no violó las reglas de tránsito, además de cuestionar la valoración probatoria. La Cámara analizó las constancias, incluyendo informes periciales y testimoniales, y concluyó que la evidencia es suficiente para mantener la acusación y que no se configuró una causa de sobreseimiento. La Cámara rechazó los agravios de la defensa y confirmó la decisión de que la causa siga en etapa de juicio. Fundamentos principales: La Cámara destacó que, “el hecho descripto como constitutivo del delito de Lesiones Graves Culposas, resulta acreditado por las constancias colectadas durante la IPP, incluyendo certificados médicos y pericia accidentológica”. Se precisó que “el impacto se produce cuando el vehículo de Cena impacta en el lateral izquierdo a la motocicleta de Maggio, en circunstancias que, considerando la prueba, el conductor del camión transitaba por calle Rico en sentido Sur a Norte y la motocicleta por calle San Martín en sentido Este a Oeste”. Se analizó la prioridad de paso en la intersección, estableciendo que “la víctima transitaba por la mano derecha y, por ende, tenía prioridad, aunque la regla no es absoluta”. La Cámara afirmó que “contamos con versiones enfrentadas, pero la evidencia es suficiente para que la causa prosiga a juicio”. La resolución también rechazó la nulidad alegada por la defensa, señalando que “el juez ha valorado la prueba en forma adecuada, sin vulnerar derechos”. Asimismo, se sostuvo que “la valoración de la prueba y la existencia de elementos probatorios que vinculan a Cena en el hecho, justifican la continuidad del proceso penal”. La decisión fue unánime en rechazar el recurso de apelación y confirmar la resolución de primera instancia.
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