P. E. D. S/ INCIDENTE DE APELACION
La Cámara de Apelaciones en lo Penal del Departamento Judicial Zárate - Campana declaró admisible la queja y procedente el recurso de apelación contra la resolución que confirmó la acto administrativo de la Jueza de Paz de Escobar, y anuló dicha resolución por vulneración del derecho de defensa, ordenando el reenvío de las actuaciones a la instancia de origen.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa N° 28027, titulada "P. E. D. S/ Recurso de Queja", analiza la procedencia del recurso de apelación interpuesto por Hernán Claudio Larrondo contra una resolución de la Jueza de Paz de Escobar, que rechazó un recurso de apelación y confirmó la sanción administrativa. La Sala, tras revisar los antecedentes, considera que la impugnación plantea una cuestión federal suficiente, vinculada a la vulneración del derecho de defensa y del debido proceso, por la posible utilización de un instrumento de medición no certificado por el INTI. La Cámara establece que la revisión de actos administrativos en materia de faltas municipales requiere que exista una cuestión federal que habilite la vía recursiva, y en este caso, dicha cuestión está presente. Además, se destaca que la decisión de la Jueza de no dar respuesta a la prueba solicitada y considerar irrelevante el pago voluntario de la multa vulneró el derecho de defensa, constituyendo una nulidad que amerita el reinicio del proceso. La Cámara concluye que la apelación debe ser admitida y que la resolución recurrida debe ser anulada, ordenando el reenvío de las actuaciones a la instancia de origen para que se dicte una nueva resolución conforme a los parámetros establecidos. FUNDAMENTOS PRINCIPALES: "El derecho a recurrir el fallo ante un juez o tribunal superior, previsto en el artículo 8 inciso 2, ap. h de la C.A.D.H., y art. 14, inc. 5 del P.I.D.C.y P., que tiene jerarquía constitucional según el artículo 75 inciso 22 de la C.N., se halla supeditado a la existencia de un fallo dictado contra una persona 'inculpada de un delito' o 'declarada culpable de un delito', por lo que resultan ajenas a su ámbito los pronunciamientos judiciales que condenen o absuelvan con motivo de la imputación de faltas, contravenciones o infracciones administrativas, como ocurre en el caso....". "Corresponde ahora analizar si es formalmente procedente el recurso de apelación interpuesto, y en este sentido, tal como lo ha sostenido este Cuerpo en la causa N° 25.957... la revisión solo será posible si alguna de las partes ha
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