---------- S/ APELA DENEGATORIA DE MORIGERACION
La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de San Nicolás confirma la decisión del Juzgado de Garantías nº 3, que denegó la morigeración de la medida cautelar, sustentando que no existen circunstancias excepcionales que justifiquen la concesión del beneficio y que persisten los riesgos procesales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Cámara de Apelaciones de San Nicolás revisó la resolución del Juzgado de Garantías que denegó la solicitud de morigeración de la prisión preventiva en favor de F.J.D., quien está imputado por delitos de lesiones leves dolosas calificadas, amenazas agravadas y robo calificado. La resolución atacada fundamentó que no existían circunstancias excepcionales que permitieran la concesión del beneficio y que persistían peligros procesales, como el riesgo de fuga y la peligrosidad del imputado, en particular por su cuadro psicológico y antecedentes de violencia. La Cámara confirmó que la prisión preventiva se mantiene como medida necesaria y proporcional, considerando que la situación de detención actual y los riesgos asociados justifican la decisión, y que no hay motivos suficientes para alterar la medida en atención a su estado de salud, antecedentes y riesgo de fuga. La pericia psiquiátrica indica un trastorno antisocial de la personalidad con tendencia al consumo de sustancias, y que el imputado presenta un riesgo cierto e inminente para sí y terceros. Además, se resaltó que la situación penitenciaria y el tiempo en detención (más de tres meses) hacen prematura una morigeración, y que las condiciones personales y la naturaleza de los delitos imputados refuerzan la necesidad de mantener la prisión preventiva. La Cámara también consideró que la situación de hacinamiento penitenciario no constituye por sí misma un motivo para modificar la medida, y que la decisión del Juzgado de Garantías fue fundada en un análisis racional, proporcional y en línea con la normativa y jurisprudencia aplicable.
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