------------- -INCIDENTE DE LIBERTAD CONDICIONAL, SALIDAS TRANSITORIAS Y CAMBIO DE REGIMEN
La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal confirma la decisión de denegar la libertad condicional y salidas transitorias a L S, debido a informes negativos y antecedentes delictivos, sustentando que la situación del interno no cumple con los requisitos legales para acceder a los beneficios.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La defensa de L S interpuso recurso de apelación contra la resolución del 10/01/2025 del Juzgado de Ejecución Penal que denegó beneficios de libertad condicional y salidas transitorias. La Cámara analizó los argumentos de la defensa y los informes del Departamento Técnico Criminológico, que presentaron un pronóstico desfavorable por conductas transgresoras, antecedentes y evaluaciones psicológicas y criminológicas. La sentencia destaca que: "el informe elaborado por el organismo técnico-criminológico resulta determinante para la concesión de la libertad condicional" y que "los informes negativos, junto con las reservas y advertencias del informe criminológico, justifican la denegatoria". La Cámara concluye que "el interno no ha cumplimentado con las exigencias legales para acceder a los beneficios" y que "el juez de grado ha tenido suficientes fundamentos para rechazar los beneficios, considerando las conclusiones del informe y las condiciones del interno". Se enfatiza que la superpoblación carcelaria no constituye motivo suficiente para modificar la decisión, y que "el análisis de los informes a los que hace mención el art. 13 del Código Penal deben ser un parámetro para la concesión del beneficio". La Cámara confirma así la resolución impugnada, sosteniendo que "es prematuro otorgar la libertad condicional o salidas transitorias ante las problemáticas no resueltas y la evaluación desfavorable".
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