.................... S/ RECURSO DE CASACION
La Cámara de Casación de La Plata declaró abstracto el recurso de casación interpuesto por Emiliano Damián Soto contra la resolución que rechazó su libertad asistida, argumentando que las circunstancias del momento, en que se encuentra en libertad y la pena vencida, hacen innecesario continuar con el análisis del motivo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Emiliano Damián Soto interpuso recurso de casación contra la decisión de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Morón que confirmó el rechazo a su libertad asistida por parte del Juzgado de Ejecución Penal N°2. La Sala III de la Cámara de Casación, integrada por los jueces Violini y Mancini, analizó si el motivo planteado en el recurso había perdido virtualidad. Los jueces concluyeron que, en virtud de que Soto se encuentra en libertad y que la pena de 1 año venció el 1 de marzo de 2025, los motivos del recurso han quedado sin efecto. El juez Violini expresó: "Las resoluciones deben atender a las circunstancias existentes al momento de su dictado y, si como surge de las presentes actuaciones y del sistema informático R.U.D., Emiliano Damián Soto se encuentra en libertad y la pena de 1 año de prisión y costas, con declaración de reincidencia, impuesta en la presente causa venció el 1 de marzo de 2025, los motivos traídos en el recurso han perdido virtualidad." Los jueces coincidieron en que la cuestión planteada es abstracta y deben declararla sin costas. La decisión fue votada en unanimidad, declarando la cuestión abstracta y sin costas, en conformidad con los artículos 18 de la Constitución Nacional y los arts. 421, 450, 451, 454, 465, 530 y 531 del Código Procesal Penal.
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