ALDERETE RAMON OSCAR - APELA DENEGATORIA DE SALIDAS TRANSITORIAS
La Cámara de Apelaciones en lo Penal del Departamento Judicial de San Nicolás confirmó la denegatoria de salidas transitorias a Ramón O.A.A., argumentando que la falta de dictamen favorable del organismo técnico y antecedentes penitenciarios desfavorables justifican la decisión del juez de primera instancia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa llega a la Cámara de Apelación en virtud de la impugnación del interno Ramón O.A.A. y la apelación de su defensora oficial contra una resolución del Juzgado de Ejecución Penal que denegó las salidas transitorias y cambio de régimen, y ordenó tratamiento psicológico. La Cámara analiza la normativa vigente y la evaluación interdisciplinaria, que aconseja la INCONVENIENCIA de conceder las salidas debido a indicadores de reserva psicodinámica, sanciones disciplinarias, antecedentes de delitos graves y la revocación de arresto domiciliario. El informe criminológico y psicológico revela que el interno, pese a conducta ejemplar y buen concepto, presenta riesgos de incumplimiento y dificultades en su proceso de resocialización, además de antecedentes penales por delitos de robo calificado y otros, que refuerzan un pronóstico desfavorable para su reinserción social. La Cámara concluye que la decisión del juez de denegar las salidas transitorias está ajustada a derecho, ya que no concurren los requisitos necesarios y las evaluaciones institucionales son concluyentes en ese sentido. El recurso de apelación y la impugnación se rechazan, confirmándose la resolución de primera instancia.
Fundamentos principales:
"en la aplicación del art. 100 primer párrafo de la ley 12.256
- requiere un informe del organismo técnico criminológico del establecimiento penal (Junta de Selección) acerca del: '.concepto favorable respecto de su evolución y sobre el efecto beneficioso. de su implementación para el futuro personal, familiar y social del condenado' (...) surge que expresamente se aconsejó al juez de ejecución la INCONVENIENCIA de incluir al interno... quien pese a su Conducta Ejemplar Nueve (09) y merecedor de un Concepto Bueno, registra una sanción disciplinaria del mes de junio del año 2023
- 'por incautarle un elemento punzante' (...) en cuanto al ámbito educativo, ha procedido con el cursado del nivel primario. Se encuentra en espera de cupo laboral. Hasta la fecha no se incluyó en el ámbito formativo y todavía no se ha alcanzado el máximo de calificación. La evaluación psicológica refleja dificultades en la internalización de lo reprochable de su accionar, con indicadores de reserva psicodinámica, y un riesgo potencial de incumplimiento de beneficios. La jurisprudencia de la Corte Provincial y la Casación Nacional avalan la negativa ante condiciones similares, prior
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