----------S/APELA DENEGATORIA DE PRISION DOMICILIARIA
La Cámara de Apelaciones en lo Penal de San Nicolás confirma la resolución que rechaza la prisión domiciliaria y mantiene la continuidad del tratamiento médico en prisión del interno R.A.G., fundamentando que no existe vulneración de derechos fundamentales ni situación de extrema vulnerabilidad que justifique la medida.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La defensa oficial interpuso recurso de apelación contra la resolución del 17/02/2025 del Juzgado de Ejecución Penal departamental, que no hizo lugar a la prisión domiciliaria solicitada para R.A.G. y dispuso la continuidad del tratamiento médico en la unidad penitenciaria. La Cámara analizó la normativa aplicable y la evidencia médica, concluyendo que el interno presenta patologías crónicas que están siendo adecuadamente atendidas en prisión, sin que exista una situación de enfermedad incurable en fase terminal, discapacidad o trato inhumano que justifique la prisión domiciliaria. La pericia médica oficial detalló que el interno se encuentra hemodinámicamente estable, sin evidencia de enfermedad cardiopulmonar o abdominal que impidan su alojamiento en la unidad. La jurisprudencia citada sostiene que la enfermedad que justifique la prisión domiciliaria debe presentar gravedad considerable y ser corroborada por informes médicos, no basta con patologías crónicas o riesgos de salud. La superpoblación carcelaria no constituye por sí misma un motivo suficiente para conceder la prisión domiciliaria. La Cámara, en consecuencia, confirma la resolución recurrida, reafirmando que la atención médica brindada en prisión es suficiente y adecuada para la situación del interno.
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