.................... S/ RECURSO DE CASACION
El Tribunal de Casación Penal rechazó el recurso de casación interpuesto en una causa por abuso sexual con acceso carnal agravado. La Sala confirmó la condena de 15 años por considerar que la prueba y la valoración de la declaración de la víctima justifican la fallo, rechazando los argumentos de duda y la reducción de pena.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La defensa del imputado N.J.M. interpuso recurso de casación contra la sentencia del Tribunal en lo Criminal n° 7 de San Isidro, que lo condenó a 15 años de prisión por abuso sexual con acceso carnal doblemente agravado y en concurso con abuso ultrajante, en virtud de que consideraba que la prueba no acreditaba la consumación del ilícito o que existía duda razonable. La sentencia fundamentó que la declaración de la víctima en Cámara Gesell, junto con otros informes, demostraba la existencia del hecho, aunque la menor no presentara lesiones físicas visibles, ya que la penetración vestibular es suficiente para configurar el delito. La Sala rechazó los agravios, señalando que la valoración probatoria fue adecuada y que la existencia del hecho y su calificación estaban correctamente acreditadas, y que la aplicación del principio "in dubio pro reo" no permitía dudas razonables. Respecto a la reducción de pena por tentativa, el tribunal explicó que la pena impuesta se encontraba dentro de los límites legales y que la valoración de agravantes y atenuantes es facultad del juzgador. Los jueces Violini y Budiño coincidieron en rechazar el recurso, confirmando la sentencia en todos sus términos, y las costas fueron a cargo del recurrente.
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