.................... S/ RECURSO DE CASACIÒN
La Cámara de Casación declaró procedente el recurso de casación, casó las resoluciones anteriores por vulneración del principio de legalidad y ley penal más benigna, y devolvió jurisdicción al Juzgado de Garantías N° 6 para dictar un nuevo pronunciamiento conforme a lo decidido.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La defensa de P.I.V. interpuso recurso de casación contra la resolución que confirmó la denegatoria de la extinción de la acción penal por prescripción. La Cámara consideró que la resolución impugnada vulneraba garantías constitucionales y convencionales, pues aplicó normas no vigentes y no tuvo en cuenta que los delitos estaban prescritos, dado el transcurso del tiempo entre los hechos y la denuncia. La Cámara sostuvo que la aplicación retroactiva de normas que no estaban vigentes en el momento de los hechos viola el principio de legalidad y la irretroactividad de leyes más gravosas. También afirmó que la invocación de tratados internacionales no puede reemplazar la legislación nacional y que en este caso no corresponde la imprescriptibilidad. La Cámara declaró procedente el recurso, casó las decisiones impugnadas y ordenó que se dicte una nueva resolución ajustada a estos criterios.
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