.................... S/ RECURSO DE QUEJA
La Cámara de Casación Penal declaró admisible y procedente la queja contra la resolución que denegó el ingreso a régimen abierto a Vera Carrizo. Anuló dicha resolución y devolvió la causa a la Cámara de Zárate para dictar un nuevo pronunciamiento conforme a derecho, considerando que la resolución impugnada vulneraba garantías constitucionales y era arbitraria.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El recurso de queja fue interpuesto por la defensa de Darío Gabriel Vera Carrizo contra la resolución de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Zárate Campana, que había rechazado su ingreso al régimen abierto tras una condena a prisión perpetua por delitos graves, incluida la participación en homicidio calificado. La Cámara revisora fundamentó su decisión en que Vera Carrizo mantenía un relato exculpatorio y en la valoración del informe psicológico, además de considerar que el régimen de progresividad de la pena no se encontraba vulnerado, ya que había evolucionado a régimen semiabierto. La Sala de la Cámara de Casación, en cambio, consideró que la resolución impugnada era arbitraria y vulneraba garantías constitucionales, específicamente los principios de reserva y de no autoincriminación. El voto del Dr. Violini sostuvo que la valoración del relato exculpatorio y la exigencia de reflexión sobre las conductas condenadas implicaba una autoincriminación velada, lo cual violaba el artículo 18 de la Constitución Nacional. Además, argumentó que la resolución no era equiparable a una sentencia definitiva, por lo que no era revisable en casación. El voto del Dr. Mancini discrepó, señalando que la queja era admisible pero que el recurso de casación era inadmisible, por tratarse de decisiones no definitivas y no equiparables a sentencia. Finalmente, la Sala declaró admisible la queja y procedente el recurso, anuló la resolución impugnada y devolvió la causa a la Cámara de Zárate para que dicte un nuevo pronunciamiento conforme a derecho, en virtud de la vulneración de garantías constitucionales y de la arbitrariedad de la resolución de primera instancia.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: