.................... S/ RECURSOS DE CASACION
La Cámara de Casación Penal rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa de Matías Medina y parcialmente hizo lugar al de Rodolfo Medina, manteniendo la condena de cuatro años y seis meses de prisión por homicidio en grado de tentativa, tras analizar la valoración de las pruebas y la legítima defensa en el contexto de una reyerta múltiple.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El tribunal confirmó la condena de Matías Exequiel Medina y Rodolfo Medina a cuatro años y seis meses de prisión por ser coautores responsables de homicidio en grado de tentativa. La sentencia se fundamentó en la valoración de testimonios y pruebas médicas que acreditaron que ambos imputados participaron en tres enfrentamientos distintos, siendo la agresión contra Axel González, quien intentó defender a su amigo Alan Bustos, la que motivó la acusación. La defensa de Matías Medina alegó que hubo una interpretación forzada de los hechos, que se trató de una riña y que no existió intención de matar ni legítima defensa, pero la Cámara consideró que los testimonios y las evidencias médicas avalaban la responsabilidad de los imputados. La defensa de Rodolfo Medina solicitó la aplicación del artículo 34 inciso 6° del Código Penal en legítima defensa, pero el tribunal rechazó esta pretensión, concluyendo que los hechos no configuraron una agresión actual o inminente, y que la versión de los imputados fue desmentida por la prueba. La Cámara también rechazó el agravio respecto a la proporcionalidad de la pena y mantuvo la condena, aunque aceptó la atenuante de la carencia de antecedentes para Rodolfo Medina, sin que ello modificara el monto de la pena. Los honorarios del defensor se regularizaron en quince (15) Jus.
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