.................... S/ RECURSO DE CASACION
La Cámara de Casación Penal de La Plata rechazó el recurso de casación contra la condena por homicidio simple, confirmando la sentencia y argumentando que no se configuró una legítima defensa ni exceso en ella. La decisión se fundamentó en la valoración probatoria y la mecánica del hecho, descartando la existencia de agresión ilegítima previa.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El Tribunal en lo Criminal número 1 de La Matanza condenó a Juan Riqueza Mayta y Rover Valentín Riqueza Mayta a ocho años de prisión por homicidio simple. La defensa interpuso recurso de casación alegando que la valoración de la prueba fue absurda y que se incurrió en error en la aplicación de la ley. La Sala rechazó el recurso, considerando que la prueba valorada en la sentencia respalda la conclusión de que no existió legítima defensa, ya que la agresión previa había cesado y la conducta de los imputados fue en conjunto con la finalidad de matar. La valoración de la prueba, incluyendo declaraciones testimoniales y elementos probatorios, demostró que la víctima fue atacada en un contexto donde ya no existía agresión ilegítima en curso, por lo cual no corresponde aplicar la justificación de legítima defensa. La sentencia también dispuso la comunicación al Consulado General de Bolivia y la regulación futura de honorarios.
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