------S/APELA DENEGATORIA DE LIBERTAD CONDICIONAL
La Cámara de Apelaciones en lo Penal de San Nicolás confirmó la denegatoria de libertad condicional a D.J.F. por considerar que la resolución del juez de grado estuvo ajustada a derecho, fundamentándose en la normativa penal vigente y la valoración de las constancias del expediente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, D.J.F., demanda la concesión de la libertad condicional tras su condena por homicidio agravado por el vínculo en grado de tentativa y homicidio simple en grado de tentativa, dictada el 13/05/2022 por el Tribunal Oral en lo Criminal N° 1 de San Nicolás, que impone un impedimento legal según el art. 14 inciso 2 del Código Penal. La defensa oficial interpuso recurso de apelación contra la resolución del 24/06/2025 del Juzgado de Ejecución Penal, que denegó la libertad condicional. El tribunal de alzada ratifica que la decisión de denegar la libertad condicional se ajusta a derecho, ya que la norma en cuestión no viola principios constitucionales y la evaluación de antecedentes penitenciarios no resultó necesaria debido a la prohibición expresa en la normativa penal aplicable. Se destaca que la ley y la jurisprudencia consideran la gravedad del delito y el cumplimiento de requisitos legales como fundamentos válidos para la denegatoria. La sentencia concluye que no existe vulneración constitucional ni arbitrariedad en la resolución impugnada, por lo que se confirma la decisión del juez de grado.
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