LEDESMA HECTOR ALEXIS - APELA DENEGATORIA DE LIBERTAD CONDICIONAL Y SALIDAS TRANSITORIAS
La Cámara de Apelaciones en lo Penal de San Nicolás confirma la denegatoria de libertad condicional y salidas transitorias a favor de L H A. El tribunal sostiene que la resolución del juez de grado está ajustada a derecho, dado que la ley y la jurisprudencia aplicable avalan la decisión, en particular la prohibición respecto a delitos contra la integridad sexual.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, L H A, recurre la decisión del Juzgado de Ejecución Penal que le negó la libertad condicional y las salidas transitorias, alegando inconstitucionalidad del art. 14 del Código Penal. La Cámara analiza la constitucionalidad del artículo y concluye que la norma, en la forma vigente, no viola derechos constitucionales ni principios de igualdad, con amplia doctrina y jurisprudencia que la respaldan. La resolución impugnada fundamenta su decisión en que, por su condena por abuso sexual con acceso carnal agravado, el beneficiario se encuentra impedido legalmente para acceder a estos beneficios, conforme a los arts. 146 y 147 de la Ley Provincial 12.256 y art. 56 bis de la Ley Nacional 24.660, que expresamente prohíben su otorgamiento en estos casos. La Cámara destaca que la declaración de inconstitucionalidad requiere un análisis riguroso y que en este caso no se cumple con los requisitos para considerarla, pues la norma no contraviene principios constitucionales y su aplicación responde a razones de política criminal. Además, la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia y del Tribunal de Casación Provincial sostiene que la validez de las leyes debe presumirse, y que la declaración de inconstitucionalidad es una última ratio. Por ello, se confirma la decisión de denegar la libertad condicional y las salidas transitorias, manteniendo la normativa vigente y la interpretación judicial sobre el carácter restrictivo de estos beneficios en delitos sexuales.
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