.................... S/ RECURSO DE CASACION
La Sala de la Cámara de Casación Penal de La Plata rechazó el recurso de casación interpuesto contra la nulidad del auto del Juzgado de Garantías N°8. La decisión se basa en que la resolución atacada no resulta definitiva y por lo tanto no es recurrible en casación. La Cámara sostiene que solo al resolverse el fondo se podrá interponer recursos ordinarios o extraordinarios, confirmando la legalidad del auto y la procedencia del rechazo del recurso.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor (no especificado en el texto) interpuso recurso de casación contra la declaración de nulidad de un auto del Juzgado de Garantías N°8, que había dispuesto la remisión de las actuaciones a la instancia de origen para subsanar un vicio. La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de La Plata declaró la nulidad del auto, pero la Sala de Casación, en un acuerdo ordinario, resolvió que dicho pronunciamiento no resulta recurrible en casación por no ser una resolución definitiva. La fundamentación principal sostiene que la resolución no impide la continuación del proceso ni pone fin a la causa, por lo que no cumple con los requisitos de los artículos 439, 448 y 450 del Código Procesal Penal. Los jueces Violini y Kohan votaron por rechazar el recurso, considerando que no corresponde su procedencia en la instancia de casación, y que la resolución atacada solo será susceptible de recursos en oportunidad de que la instancia de origen resuelva conforme a lo ordenado. La decisión fue unánime, rechazando el recurso de casación y confirmando la legalidad del pronunciamiento.
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