------S/APELA DENEGATORIA DE EXCARCELACION
La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de San Nicolás resolvió la inadmisibilidad del recurso de apelación interpuesto contra la resolución que no hizo lugar a la libertad por falta de mérito, ya que dicha resolución fue dictada posteriormente y modificó la situación jurídica de la imputada. La decisión se fundamenta en que los agravios de la defensa han perdido virtualidad tras la emisión de la auto de prisión preventiva y que, en consecuencia, el recurso resulta abstracto y no procede.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La defensa oficial, a través del Dr. Ares, interpuso recurso de apelación contra la resolución del 17/07/2025 del Juzgado de Garantías nº 1, que denegó la libertad por falta de mérito a D.A en la causa 16-02-000186-25. La Cámara de Apelaciones, tras analizar los agravios, concluyó que la impugnación se volvió abstracta puesto que el mismo magistrado que resolvió la falta de mérito dictó posteriormente una prisión preventiva en la causa, modificando la situación jurídica de la imputada. La Sala recuerda que los motivos de agravio deben existir y subsistir en el momento de la impugnación, y que no cabe pronunciarse sobre cuestiones abstractas. En consecuencia, se declara la inadmisibilidad del recurso. Los jueces Alomar y Martínez coinciden en que el planteo ya no tiene virtualidad y que la vía recursiva no procede.
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