------S/APELA DENEGATORIA DE LIBERTAD ASISTIDA
La Cámara de Apelaciones en lo Penal confirmó la denegatoria de la libertad asistida a la interna M.A.R., basada en informes que evaluaron su situación criminológica y psicológica, concluyendo que su pronóstico de reinserción es desfavorable y que la decisión del juez de grado fue razonable y fundamentada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de San Nicolás revisó la denegatoria del beneficio de Libertad Asistida dictada por el juez de ejecución, Dr. Anselmo Ezequiel González, en favor de M.A.R. La causa proviene del expediente N° 44.091, en el marco del legajo N° 25409. La apelación fue interpuesta por el defensor oficial, Dr. Joaquín Castro, contra la resolución que rechazó la solicitud de libertad asistida. El tribunal verificó que M.A.R. había cumplido con el requisito temporal, ya que su pena a vencer era el 26/11/2025, pero se consideró que la incorporación a la libertad asistida antes del agotamiento de la pena requería informes favorables del organismo técnico criminológico y del consejo correccional. Los informes, que evaluaron la situación criminológica y psicológica de la interna, indicaron que su situación era incompatible con el régimen de libertad asistida, debido a su condena por abuso de armas, lesiones leves y portación ilegal de arma de fuego, y a su conducta institucional y psicológica. El informe criminológico resalta que la interna “resulta penada por abuso de armas, lesiones leves y portación ilegal de arma de fuego de uso civil”, y que su pronóstico es desfavorable, dado su historial disciplinario, las evaluaciones psicológicas y su tendencia a resolver conflictos mediante la violencia. La sentencia señala que “la situación reseñada, que refleja la inobservancia de los reglamentos carcelarios, exhibe un pronóstico desfavorable de reinserción social, pudiendo constituir un grave riesgo para la sociedad”. El tribunal concluyó que la decisión del juez de grado, fundamentada en los informes técnicos y en la evaluación del riesgo, fue razonable y ajustada a derecho. La jurisprudencia citada y los principios de progresividad y gradualidad en la ejecución de la pena respaldan la confirmación del rechazo a la libertad asistida. La apelación fue desestimada y la resolución de primera instancia confirmada.
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