.................... S/ RECURSO DE CASACION
La Cámara de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires confirma la sentencia de primera instancia y rechaza el recurso de casación interpuesto por la defensa, manteniendo la condena de 12 años y 11 meses de prisión sin considerar agravantes o atenuantes. La decisión se basa en que la reducción de un mes no resulta arbitraria y que la valoración de agravantes y atenuantes no requiere un sistema matemático, sino una ponderación jurídica.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El tribunal analiza la condena a Juan Humberto Monzón por homicidio en ocasión de robo ocurrido el 1 de agosto de 2021 en Campana. La sentencia original condenó a 13 años, pero fue parcialmente anulada por la Sala, que devolvió la causa para que se determinara la pena sin considerar la agravante de antecedentes condenatorios. La nueva sentencia del tribunal de origen fijó la pena en 12 años y 11 meses, sin considerar agravantes ni atenuantes. La defensa recurrió por considerar que la reducción de la pena en un mes fue arbitraria y sin motivación, solicitando que se reduzca al mínimo legal. La Sala de Casación, tras analizar la cuestión, concluye que la disminución de un mes no implica arbitrariedad y que no existe un sistema matemático obligatorio que regule la reducción de penas en estos casos. La sala rechaza el recurso y confirma la condena. La fundamentación destaca que la valoración de circunstancias agravantes y atenuantes es una facultad del tribunal basada en valoración jurídica, y que la reducción en un mes no viola principios de proporcionalidad ni es arbitraria.
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