.................... S/ RECURSO DE QUEJA (RPJ)
La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de San Martín declaró admisible la queja del joven A.L.L.R. contra la resolución que confirmó la medida de seguridad restrictiva de su libertad, y rechazó el recurso de casación. La decisión se fundamenta en la protección de derechos del menor y en la necesidad de adoptar medidas de protección en línea con normativa internacional y nacional.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor: A.L.L.R., menor en conflicto con la ley penal. El demandado: Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de San Martín. Objeto de la demanda: Impugnar la resolución que confirmó la orden de medida de seguridad restrictiva de la libertad respecto del joven. Decisión del tribunal: La Sala declara admisible la queja y rechaza el recurso de casación, considerando que la resolución de la Cámara se ajusta a derecho, priorizando las medidas de protección del menor. Fundamentos principales de la decisión: "En la presente causa, la resolución de la Cámara aparece como derivación razonada del derecho vigente toda vez que se ha pretendido asegurar y priorizar medidas de protección de los derechos del menor." "El Estado tiene la facultad de adoptar medidas en relación con los niños en conflicto con la ley penal, incluyendo medidas que no supongan el recurso a procedimientos judiciales, en línea con la Observación General N°10 del Comité de Derechos del Niño." "El sobreseimiento del joven no implica responsabilidad penal, pero se ordenó la continuidad de una medida de seguridad con tratamiento psicológico, atendiendo a su vulnerabilidad y falta de contención familiar." "Se ha respetado el marco legal vigente, priorizándose el interés superior del niño y la protección de sus derechos, en línea con la normativa internacional y nacional." Disidencia: El juez Borinsky expresó disidencia en la primera cuestión, proponiendo el rechazo del recurso de queja, considerando que la resolución no contenía fundamentación suficiente para imponer una medida privativa de libertad a un menor de edad en conflicto con la ley.
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