.................... S/ RECURSO DE QUEJA INTERPUESTO POR FISCAL GENERAL
La Cámara de Casación Penal declaró procedente la queja y casó la resolución que homologaba la acuerdo de suspensión del juicio a prueba, ordenando la continuidad del proceso en el Juzgado de San Isidro. La decisión se fundamentó en la arbitrariedad y la incumplimiento del consentimiento fiscal, garantizando la legalidad y derechos del Ministerio Público.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Cámara de Casación Penal analiza el recurso de queja interpuesto por el Fiscal General contra la homologación por parte de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de San Isidro del acuerdo de suspensión del juicio a prueba concedido a Guillermo Luis Lo Cane. La Fiscalía argumenta que la resolución de homologación vulnera normas que regulan la suspensión del juicio a prueba, ya que no consideró adecuadamente la oposición de la Fiscalía y el daño potencial, además de afectar el debido proceso y los derechos del Ministerio Público. La Cámara de Casación concluye que la resolución homologada fue arbitraria y que la negativa del fiscal debe ser respetada, por lo cual se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso de casación y se ordena la continuación del proceso en sede penal, dejando sin efecto la homologación y la suspensión dispuesta. La fundamentación principal radica en que la homologación se realizó sin el consentimiento del fiscal, en presencia de una oposición fundada, y sin ponderar las circunstancias del daño y la continuidad del ilícito, contraviniendo los artículos 76 bis del Código Penal y los requisitos del proceso penal. Además, se destacó la importancia del rol del Ministerio Público en la evaluación de la procedencia del instituto, que no fue respetado en la resolución recurrida.
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